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dc.rights.licenseAttribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)*
dc.contributor.authorMoine, Pablo David
dc.date.accessioned2023-02-27T17:53:13Z
dc.date.available2023-02-27T17:53:13Z
dc.date.issued2019-01-01
dc.identifier.urihttps://repodigital.unrc.edu.ar/xmlui/handle/123456789/78583
dc.descriptionFil:Moine, Pablo David. Universidad Nacional de Río Cuarto. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina.
dc.description.abstractUna de las cuestiones que mayor controversia generó en la reformaque dio origen al Código Civil y Comercial (de ahora en adelante CCCN) hasido lo relativo a la prescripción de los tributos locales en cuanto a laincorporación de normas que reconocen ciertas facultades a los fiscoslocales El objetivo de la realización del presente trabajo es el análisis de lamencionada reforma en cuanto al instituto de la prescripción en la materia utsupra detallada. Lógicamente, el abordaje de dicha figura será en su facetaliberatoria y entendiendo que la misma se configura como un modo deextinción de una acción por el transcurso del tiempo Sin dudas uno de los tópicos con mayor discusión tanto en la doctrinacomo en la jurisprudencia ha sido lo relacionado a las potestades tributariasde los fiscos locales. Si bien no se discuten las facultades tributarias de losmismos, no podemos desconocer los largos debates que se propician entorno a la existencia de las herramientas legales y constitucionales con lasque estos cuentan para legislar en materia de plazos, cómputo de estos ycausales de interrupción y suspensiónLas incertidumbres planteadas generaron serios debates, a tal punto,que se ha cuestionado la constitucionalidad de la reforma por una supuestaviolación al art. 75 inciso 12) de la Constitución Nacional La consolidada doctrina ?Filcrosa? impulsada por la Corte Suprema deJusticia de la Nación ha sido puesta en tela de juicio a partir de la reforma Ello ha abierto un nuevo escenario en el que aún resta conocer la opinión denuestro máximo Tribunal al respecto. Tanto la doctrina como algunostribunales provinciales han emitido opinión sobre la reforma efectuada. Poruna parte, han surgido corrientes que enaltecen los resultados alcanzadospor el nuevo CCCN, pues tienden a fortalecer la autonomía de las provinciasmientras que, en el sentido contrario, otros reflexionan que a partir de suentrada en vigencia se restituyeron facultades a las provincias que yacorrespondían a la Nación y así lo determinaba nuestra Carta Magna Las novedades traídas por la reforma, la contraposición de lascorrientes doctrinarias expuestas y el silencio que aún guarda el máximoTribunal de nuestro país en la temática propuesta, generó una situación deincertidumbre que merece ser tratada, pues de lo contrario se incurriría en unmarco de inseguridad jurídica de alto riesgo en la relación entre el fisco ycontribuyentes.
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad Nacional de Río Cuartoes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.subjectTESISes
dc.subjectTRIBUTOS LOCALESes
dc.subjectPRESCRIPCIONes
dc.subjectCODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIONes
dc.subjectAUTONOMIA LEGISLATIVA DE LAS PROVINCIASes
dc.titleLa prescripcion de los tributos locales en el Codigo Civil y Comercial de la Naciones
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/specializationThesises
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de especializaciónes
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersiones
unrc.contributor.directorBellandi, Graciela Carmen
unrc.degree.grantorUniversidad Nacional de Río Cuartoes
unrc.degree.nameEspecializacion en Tributaciones
unrc.originInfo.placeFacultad de Ciencias Económicases


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